miércoles, 19 de marzo de 2014

 
 
 
Problema:
 
Mi tía demanda alimentos para su hijo.

Que hacer : 
 
Hace poco tiempo una de mis tías demando a su esposo la pensión alimenticia para su hijo ya que como todos sabemos el brindarle los recursos necesarios  a los hijos es una obligación  que se adquiere desde el momento de concebirlo, estas necesidades se enfocan básicamente al sustento ,habitación,vestido,educación y asistencia medica del menor.


Lo primero que mi tía realizo fue :

1.-Buscar asesoría juridica para poder saber cual es el procedimiento de una demanda por pensión alimenticia.

2.- Como el señor no quizo llegar a algún acuerdo mediante el cual no fuera necesario solicitar una demanda se procedió a interponer la demanda de pensión de alimentos ante el Juzgado de lo familiar.

3.- Durante el desarrollo de juicio de alimentos se demostró lo siguiente.

  • El vínculo de parentesco con el demandado: mediante certificado de nacimiento o libreta de matrimonio.
Le mencionaron que este requisito es uno de los más importantes para el desarrollo de la demanda, púes muchas de las ocasiones han ocurrido circunstancias en las que el reclamante no logra  demostrar la relación de parentesco existente, y de no ser así el proceso no podría desarrollarse pues la persona demandada no tiene ninguna obligación de proveer alimentos a una persona extraña.
  • Las necesidades del niño/a: a través de una lista con sus respectivos comprobantes de los gastos de alimentación, educación, recreación, vivienda, salud, vestuario, movilización, luz, agua, gas, teléfono, etc.
Esta acción permitirá que el Juez encargado de llevar el proceso lleve a cabo una evaluación de los gasto que el menor genera para cubrir sus necesidades, así se dará un monto tentativo que de ser aprobado el demandado tendrá que pagar continuamente.
  • La capacidad económica y patrimonial del demandado: mediante liquidaciones de sueldo, declaración de impuesto a la renta, boletas de honorarios y antecedentes de su patrimonio o declaración jurada.
Eh aquí donde se debe prestar demasiada atención ya que en muchas de las ocasiones la parte demandada por no querer hacerse responsable, conviene en poner a nombre de sus propiedades alguna otra persona, o en su defecto llegan a renunciar para deslindarse de su obligación.


Fue así como durante un lapso de tiempo determinado, mientras se comprobaban los gastos del menos y subsecuentemente los ingresos del demandante se llego a la sentencia definitiva, en la cual quedo establecido el monto que el demandante debía dar a su menor hijo para que siguiera desarrollándose plenamente.



 
 
 
 
Video " Como Demandar su Pensión Alimenticia "





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miércoles, 5 de marzo de 2014

"VIOLENCIA INTRAFAMILIAR"

VIOLENCIA INTRAFAMILIAR
 
¿QUÉ ES?
 
La violencia intrafamiliar es aquella que se desarrolla dentro del entorno familiar como su nombre lo indica.
Este tipo de comportamiento surge debido a diversos factores que van desde en entorno familiar que vivió y en los tipos de relaciones que tiene con las demás personas, a esta se le da la denominación de agresor.
 
Los tipos de actos considerados como parte de la violencia intrafamiliar son golpes o incidentes graves, insultos, manejo económico, amenazas, chantajes, control de actividades, abuso sexual, aislamiento, prohibición de trabajar fuera de casa, abandono afectivo, humillación y no respeto de opiniones. Todos estos tipos de maltratos se pueden clasificar en Físicos, si se atenta contra el cuerpo de la otra persona; Psicológicos, si existe el intento de causar miedo, la intimidación o cualquier tipo de insulto, descalificación o intento de control; Sexuales, si hay un acto sexual impuesto o en contra de la voluntad de la víctima; y Económicos, si no se cubren las necesidades básicas de la persona.
 
 
En pocas palabras podemos decir que es cualquier tipo de abuso de poder de parte de un miembro de la familia sobre otro.
 
 
¿QUIENES PUEDEN PADECERLA?
 
Este tipo de violencia no tiene a alguien en especifico aunque la mayoría de las veces se ejerce contra la mujer, debido a ciertas ideas que nos han vendido acerca del lugar que ocupa dentro de la familia.l
Pero también se puede dar hacia el hombre, o jefe de familia, los hijos. nietos y ancianos.
regularmente este tipo de violencia se da hacia solo una persona que llamaremos Victima.
 
 
¿CÓMO DISTINGUIRLA?
 
Para que se pueda denominar violencia intrafamiliar debemos considerar o percatarnos de que las actitudes de violencia hacia una persona se dan de manera repentina, es decir, que se realice continuamente, de lo contrario si solo se hace de una manera espontánea pero que no se le da continuación no se considera violencia intrafamiliar.
 
Como auxiliar te mencionare cuales son algunas características que posee el agresor :
 1.-Generalmente no tiene capacidad de autocontrol y por ende actúa impulsivamente.
2.- El agresor sufrió falta afectiva.
3.- Son personas incapaces de resolver sus problemas adecuadamente.
4.-En el podrían aparecer variables en el abuso del alcohol y las drogas.
 
¿QUÉ HACER LEGALMENTE?
ES MUY IMPORTANTE PEDIR AYUDA !!
Deberás acercarte a cualquiera de los centros que están en contra del abuso con la violencia intrafamiliar.
 
Si se trata de violencia física con lesiones o que incluya amenazas:
1.-Constata lesiones en el consultorio o Servicio de Salud. Pida el certificado que constate las
lesiones. Puede denunciar ante la Policía o Fiscalía del Ministerio Público.
2.-También puede denunciar una persona distinta de la víctima. Su identidad será mantenida en reserva por la Policía.
Si es violencia sicológica o que no provoca lesiones:
1.-Puede denunciar en la Policía o en los Juzgados de Familia.
2.-También puede dar a conocer el caso una persona distinta de la víctima. Su identidad será mantenida en reserva por la Policía
3.-Si el Juez/a de Familia estima que se ha ejercido violencia en forma habitual, debe enviar los antecedentes al Ministerio Público.
4.-Puedes denunciar ante la Policía o Fiscalía del Ministerio Público 
 
 Instituciones Publicas:
 
1.-Procuraduría General de Justicia del Estado de Puebla 
2.- Comisión Nacional de Derechos Humanos del Estado de Puebla
3.-CNDH
4.SAPTEL
 
Instituciones civiles
 
 

Video "Violencia Intrafamiliar"

 
 

  

REFERENCIAS
Violencia Intrafamiliar .(s.f),Recuperado el 5 de Marzo del 2014 de,
Violencia Intrafamiliar .(s.f),Recuperado el 5 de Marzo del 2014 de,
Video "Violencia Intrafamiliar" .(s.f),Recuperado el 5 de Marzo del 2014 de, https://www.youtube.com/watch?v=ebWtI-grWEc
Procuraduría General de Justicia del Estado de Puebla .(s.f),Recuperado el 5 de Marzo del 2014 de, http://www.pgj.pue.gob.mx/
Comisión Nacional de Derechos Humanos del Estado de Puebla.(s.f),Recuperado el 5 de Marzo del 2014 de, http://www.cdhpuebla.org.mx/
CNDH .(s.f),Recuperado el 5 de Marzo del 2014 de,http://www.cndh.org.mx/
SAPTEL .(s.f),Recuperado el 5 de Marzo del 2014 de http://www.saptel.org.mx/
CETRAV.(s.f),Recuperado el 5 de Marzo del 2014 de http://www.cetrav.org.mx/page_1149291078423.HTML
Violencia.(s.f),Recuperado el 5 de Marzo del 2014 de http://www.aids-sida.org/dir-mujeres-a.HTML
Cavi,.(s.f),Recuperado el 5 de Marzo del 2014 de, http://www.pgjdf.gob.mx/index.php/servicios/atencionvictimas/